Luego de que la CONAIE presentara la demanda de inconstitucionalidad del Decreto 754 el 13 de junio del presente año y de que la Corte Constitucional lo suspendiera temporalmente el 31 de julio, ésta hace un llamado a una segunda audiencia para el lunes 18 de septiembre. El sector minero del país se ha manifestado solicitando se revierta esta decisión, pues no solo sienten afectados sus intereses, sino que además lo ven como una amenaza a la estabilidad económica del país. 176 procesos de consulta ambiental están detenidos, lo que preocupa al bolsillo de las empresas mineras.
Ante la convocatoria a una segunda audiencia por parte de la corte Constitucional, la CONAIE y el Frente Nacional Antiminero, luego de reunirse en un Consejo Ampliado, presentan un pedido a la Corte Constitucional, el mismo que considera:
- Que la modalidad de la audiencia sea presencial y con participación de los territorios amenazados por la actividad minera
- Que la fecha planteada se postergue para poder preparar una defensa jurídica con sustento
- Que ésta se realice en territorios afectados por la actividad minera: Cotopaxi (Las Naves Las Pampas) en Cotopaxi en la provincia de Azuay
Leonidas Iza hace referencia a las alternativas productivas de los territorios e insta a la ciudadanía a que no se deje persuadir con información engañosa y manipuladora por parte del estado respecto a la presencia militar en territorios que, según los actores locales está claramente asociada a los intereses de las empresas mineras, más el estado justifica esta presencia asociándola con el control del narcotráfico.
Afirma la defensa de la vida, el agua y el territorio no puede confundirse maquiavélicamente con el narcotráfico, la tenencia de armas de manera ilegal. Dice que las organizaciones no pueden aceptar categorías penales que desvirtúan, no solo la lucha por el territorio y la vida, sino que atentan contra el bienestar de las familias y la autodeterminación en los territorios.
El sector minero y empresarial del país quiere revertir la decisión de la Corte Constitucional, sin embargo, la inconstitucionalidad del decreto 754 es un hecho. ¿Qué otra artimaña encontrará para ello?
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