La Corte Constitucional reconoció este 10 de marzo que lo ocurrido con Josué, Ismael, Steven y Nehemías constituye una de las violaciones más graves y reprochables del orden constitucional e internacional de los derechos humanos. En su sentencia, el organismo señaló que estos hechos son incompatibles con los principios del Estado constitucional de derechos y con una convivencia democrática fundada en el respeto a la dignidad humana.
El máximo organismo de control constitucional analizó una resolución judicial previa que había negado un hábeas corpus presentado por los familiares de los menores desaparecidos en diciembre del 2024 en Guayaquil.
En su fallo, la Corte determinó que la sentencia emitida por la Sala Provincial vulneró el derecho al debido proceso, específicamente en la garantía de la motivación, ya que no analizó de forma integral los hechos ni respondió adecuadamente a las pretensiones de los accionantes.
Por este motivo, el tribunal constitucional aceptó la acción extraordinaria de protección y dejó sin efecto la sentencia emitida el 19 de mayo de 2025 por la Sala Especializada de lo Penal de la Corte Provincial de Justicia del Guayas.
Además, la Corte reiteró que el hábeas corpus puede aplicarse incluso cuando la víctima ha sido hallada sin vida o cuando existe un proceso penal en curso, siempre que se busque proteger derechos fundamentales relacionados con la privación de libertad.
Como parte de la reparación integral, la Corte dispuso varias medidas, entre ellas dejar sin efecto la sentencia anterior que negó el hábeas corpus, reconocer oficialmente la vulneración de derechos de los menores, difundir la sentencia por parte de instituciones del Estado y realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad y disculpas a cargo del comandante general de la Fuerza Aérea Ecuatoriana.
Asimismo, se dispusieron medidas de reparación simbólica como la incorporación del caso en el Museo de la Memoria, la recuperación de un espacio público destinado a niñas, niños y adolescentes en Guayaquil y la declaración de un día de conmemoración nacional en memoria de los cuatro niños.
La Asamblea Nacional deberá declarar mediante resolución el 8 de diciembre como día de conmemoración en memoria de los cuatro niños.
Entre otras disposiciones, el Ministerio de Defensa deberá pagar USD 10.000 por cada uno de los cuatro niños (Josué, Ismael, Steven y Nehemías). El Ministerio de Salud Pública deberá brindar atención psicológica, psiquiátrica y médica gratuita y adecuada a los familiares de las víctimas.
Finalmente, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa deberán elaborar un reglamento que norme la subordinación de las Fuerzas Armadas a la Policía Nacional en aprehensiones, con protocolos específicos para menores de edad. Además, la Fiscalía General del Estado deberá actualizar sus protocolos de investigación para casos de personas desaparecidas e incorporar procedimientos específicos de desaparición forzada.
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