Te contamos todos los detalles acerca de la muerte cruzada
La muerte cruzada es un recurso establecido en la Constitución que permite la disolución de uno de los poderes y convocatoria a nuevas elecciones. Se aplica en tres casos: a) dictamen de la Corte Constitucional por funciones no correspondientes, b) grave crisis o conmoción interna, c) disolución de la Asamblea Nacional por obstrucción del Plan Nacional de Desarrollo.
Implica convocar a un nuevo proceso electoral para elegir autoridades ejecutivas y legislativas. El nuevo mandatario complementará el periodo del cesado, sin iniciar un nuevo periodo de 4 años. En caso de disolución, el ejecutivo puede legislar mediante decretos-leyes de urgencia económica, que serán aprobados o derogados por el legislativo electo.
Este procedimiento solo se puede usar una vez durante el periodo presidencial, en los tres primeros años, y siguiendo las causales establecidas en la Constitución y el Código de la Democracia.
Para aplicar este mecanismo, se requiere:
- Emitir y publicar un Decreto de disolución por el Presidente.
- Obtener dictamen favorable de la Corte Constitucional si se alega abrogación de funciones no competentes.
- El Consejo Nacional Electoral convocará a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas en un plazo de siete días posteriores a la resolución de destitución.
- El Consejo Nacional Electoral puede establecer un plazo menor a noventa días para las elecciones.
- Una vez realizadas las elecciones, el nuevo Presidente y los asambleístas electos asumirán sus cargos y funciones hasta el final del periodo de los cesados.
Fuente: Participación Ciudadana